jueves, 28 de noviembre de 2013

Descubrimiento "Oficial del Petróleo

DESCUBRIMIENTO "OFICIAL" DEL PETRÓLEO

La actitud indiferente del gobierno, aparentemente pareció modificarse cuando se localizaron en 1.907 los yacimientos de Comodoro Rivadavia. Aquel chorro fue inocultable; además hasta allí no llegaban ferrocarriles cuyos fletes pudieran paralizar la explotación y, circunstancia importantísima, el petróleo se 'encontraba al borde del mar. La coincidencia de estos factores a los cuales podemos agregar los posibles consumos de los "ferrocarriles patagónicos" —unían Comodoro Rivadavia con Colonia Sarmiento—, fueron los factores que obligaron al gobierno a prestar atención al "hallazgo". Pero he aquí que detrás había cincuenta años de indiferencia ante los intentos nacionales de explotación, a los cuales no brindaron apoyo, estimulo ni protección, mientras, por el contrarío, se comprometía ampliamente, en beneficiar los intereses carboneros que representaba el capital británico.


Petroleo

Recursos energéticos

Petróleo
            La fosilización altera el orden natural de un elemento y lo transforma, la materia orgánica se descompone, se fosiliza y se transforma. Los elementos consumibles más un acelerador (poli metales).
La hulla se obtiene por extracción y molienda o zarandeo da mucho calor pero se consume muy rápido.

En los yacimientos de petróleo la extracción es por bombeo sin necesidad de energía anexa (con gas).

Principios de la Declaración de Estocolmo


Principio 1

El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras

A este respecto, las políticas que promueven o perpetúan el apartheid, la segregación racial, la discriminación, la opresión colonial y otras formas de opresión y de dominación extranjera quedan condenadas y deben eliminarse.

Principio 2
Los recursos naturales de la tierra, incluidos, el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y especialmente muestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una cuidadosa planificación u ordenación, según convenga

Principio 3
Debe mantenerse y, siempre que sea posible, restaurarse o mejorarse la capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables.

sábado, 16 de noviembre de 2013

Ley Provincial 11.723 protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires

LEY 11.723
 TITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPITULO ÚNICO
DEL OBJETO y DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN
 Artículo 1º: La presente ley, conforme el artículo 28º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, tiene por objeto la protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, a fin de preservar la vida en su sentido más amplio; asegurando a las generaciones presentes y futuras la conservación de la calidad ambiental y la diversidad biológica.-
                                                                                                   


Ley Provincial 11.720 Residuos Especiales

LEY  11.720
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de,

L E Y

ARTICULO 1º- La generación, manipulación almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos especiales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, quedan sujetos a las disposiciones de la presente Ley.
ARTÍCULO 2º- Son fines de la presente Ley: Reducir la cantidad de residuos especiales generados, minimizar los potenciales riesgos del tratamiento, transporte y disposición de los mismos y promover la utilización de las tecnologías más adecuados, desde el punto de vista ambiental.
ARTICULO 3º- Se entiende por residuo a cualquier sustancia u objeto, gaseoso (siempre que se encuentre contenido en  recipientes), sólido, semisólido o líquido del cual su poseedor, productor o generador se desprenda o tenga la obligación legal de hacerlo.
Por lo que serán residuos especiales los que pertenezcan a cualquiera de las categorías enumeradas en el Anexo I, a menos que no tenga ninguna de las características descriptas en el Anexo 2; y todo aquel residuo que posea sustancias o materias que figuren en el anexo 1 en cantidades, concentraciones a determinar por la Autoridad de Aplicación, o de naturaleza tal que directa o indirectamente representan un riesgo para la salud o el medio ambiente en general.

Ley Nacional 24.051 Residuos Peligrosos

LEY  24.051
REGIMEN DE DESECHOS PELIGROSOS


Buenos Aires - 17/12/1991 - BOLETIN OFICIAL - 17/01/1992
DESCRIPTORES:
MEDIO AMBIENTE-CONTAMINACION AMBIENTAL-DESECHOS PELIGROSOS-REGISTRO DE GENERADORES Y OPERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS-PLANTAS DE TRATAMIENTO DE DESECHOS PELIGROSOS-CERTIFICADO AMBIENTAL- IMPORTACIONES-TRANSPORTE AEREO-ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES- HABILITACION DE ESTABLECIMIENTOS-INFRACCIONES-SANCIONES-MULTAS RESPONSABILIDAD CIVIL-DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA-PENAS- AUTORIDAD DE APLICACION

CAPITULO 1 DEL AMBITO DE APLICACION Y DISPOSICIONES GENERALES (artículos 1 al 3)
ARTICULO 1 - La generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos quedarán sujetos a las disposiciones de la presente ley, cuando se tratare de residuos generados o ubicados en lugares sometidos a jurisdicción nacional o, aunque ubicados en territorio de una provincia estuvieren destinados al transporte fuera de ella, o cuando, a criterio de la autoridad de aplicación, dichos residuos pudieren afectar a las personas o el ambiente más allá de la frontera de la provincia en que se hubiesen generado, o cuando las medidas higiénicas o de seguridad que a su respecto fuere conveniente disponer, tuvieren una repercusión económica sensible tal, que tornare aconsejable uniformarlas en todo el territorio de la Nación, a fin de garantizar la efectiva competencia de las empresas que debieran soportar la carga de dichas medidas.


Politica de Tierras

POLÍTICA DE TIERRAS PUBLICAS
Por  García Vizcaíno

Para vencer a ese enemigo implacable la naturaleza le ofrece al hombre la tierra, para que obtenga su sustento y todo cuanto necesita para su tránsito por la vida.
La superioridad del valor económico de la tierra frente a otras actividades como el comercio, la industria, los transportes, las finanzas, queda acreditada con la experiencia que arroja la guerra. Al término de cada contienda quedan los beligerantes en situación calamitosa. Ninguna casa habitable, hoyos y hondonadas impresionantes, charcas de sangre y sangre seca esparcida con restos humanos, el sistema de transportes: estaciones, vías, material rodante, guías, señales, postes, columnas, sistemas de transmisión, totalmente rotos; buques hundidos o semihundidos o de imposible reparación; instalaciones portuarias (muelles, escolleras, malecones, faros, boyas, tracción portuaria) destruidas; las ciudades -edificios, comercios, industrias, bancos, etc.-reducidas a escombros; el sentimiento de horror aprisionando el alma humana y los sobrevivientes poseídos del sagrado deber de ahorrar Pero a pesar de todo ello, ya para la próxima cosecha la tierra rinde sus esperados frutos de alimentación. Ejemplos son los países europeos exhibiendo elocuentemente el poder de la tierra, de su fuerza regeneradora y de su capacidad para la reconstrucción. La prosperidad de una nación y la felicidad de sus habitantes se funda en la tierra y en sus cultivos. La tierra tiene una fuerza ciclópea para la reconstrucción económica. Los cultivadores de la tierra son también los guardianes de la independencia del país. El planeta Tierra se integra por tierra y agua; la tierra firme -los continentes, las islas, los polos- la aprovecha el hombre;

Programa de la Materia

Universidad de Morón

Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales

PROGRAMA DE ESTUDIO


DERECHO AMBIENTAL
Y DE LOS RECURSOS NATURALES
Cátedra:
Prof. Dr., Jorge Enrique Nalbandian



miércoles, 13 de noviembre de 2013

Agricultura

MONOPOLIOS Y CHACAREROS
Por Juan Carlos Bedoya
EL ACCESO A LA TIERRA

descargue siguiendo el enlace de Agricultura Reseña Histórica

....La colonización, en el sentido de la venta de la tierra al agricultor bajo ciertas condiciones, cesó, prácticamente, a principios del siglo. En su lugar se implantó el arrendamiento, cuyo pago se realizaba en efectivo o entregando un porcentaje de la cosecha; o bien en forma mixta combinando las dos posibilidades. Esta modificación de sistemas está perfectamente documentada en cifras oficiales. Comparémoslas:

La Propiedad

BREVES REFERENCIAS SOBRE LA PROPIEDAD
Por ADRIANO G. PIETRA
Desde los tiempos tribales, a la organización de tos estados hubo serias luchas por la tenencia, posesión o la propiedad de las cosas, particularmente la propiedad de la tierra. Fue una lucha permanente. La madre tierra, sirve a la vida del hombre. Lo obliga a defenderla, a poseerla, a ser dueño de ella y según los momentos históricos se generan sistemas, doctrinas, unas muy justas, otras perversas y conflictivas. Veremos muy sucintamente, los criterios fundamentales que fueron formulados en tomo de ella, citando especialmente esclarecedora bibliografía, acorde con el fin de nuestras cátedras.

Ganadería Argentina (Historia)


GANADERÍA HISTORIA
Descarge el artículo mencionado siguiendo el enlase de :  GANADERIA RESEÑA HISTORICA


El  19 de mayo de 1589 se registro en al Cabildo de Buenos Aires la primera marca a fuego, representando una j invertida perteneciendo a Don Francisco Salas Videla.  Este fue el comienzo de la individualización de los ganados en el país.
            En 1809 el caballo del General Beresford, considerado botín de guerra es rematado por el Sr. Almeida, quien con el da comienzo a la mestización de la especie caballar. Se supone que este caballo era de raza pura sangre de carrera.
            En 1846 Don Ricardo B. Newton construyó en su estancia Santa María de Chascomús, el primer alambrado con postes de hierro traídos de Inglaterra. Poco después se empezaron a usar maderas duras del país, ñandubay, quebracho, etc.
            El 10 de julio de 1866 se funda la sociedad rural por los señores:

Ganadería Argentina ( Pool de las Carnes)

EL ACUERDO SE FORMALIZA EN EL "POOL" DE LAS CARNES
La reseña anterior se completó con la instalación directa de "SWIFT" y "ARMOUR" en La Plata como expresiones estadounidenses, y la apertura en Zarate de la planta inglesa perteneciente a la "ANGLO SOUTH AMERICAN CO.". Con estas adicciones se integró el plantel de frigoríficos extranjeros que constituyeron, poco antes de la Primera Guerra Mundial, el acuerdo de explotación del mercado de producción argentino que se ha denominado con decoroso eufemismo "el pool de las carnes" y el cual, por sucesivos acuerdos para ajustarse a los tiempos -económicos y políticos-, se repartieron en "cuotas" y a espaldas de las autoridades argentinas, la exportación a la Gran Bretaña de los productos de la ganadería argentina. La evolución de la cuantía de dichas cuotas, expresadas en "cuartos de Chilled vacunos congelados" y según cifras oficiales publicadas por el Ministerio de Agricultura de la Nación y confirmadas por la Junta Nacional de Carnes, entre los años 1.905 y 1.924 evolucionaron por quinquenios en las siguientes cifras:

Ganadería Argentina (Pacto Roca-Runciman)


PACTO ROCA-RUNCIMAN


Después de la “Crisis del ‘30”, que había comenzado a fines del 1929, el mundo atravesó una etapa de creciente proteccionismo y caída del comercio internacional. Ninguna Nación quería arriesgarse a contraer en su economía el “virus de la depresión”.
En ese contexto, Gran Bretaña selló, en agosto de 1932, un acuerdo (Pacto de Ottawa) con sus colonias y ex colonias, miembros del Commonwealth, para abastecerse recíprocamente. Así, Canadá, Australia y Nueva Zelanda pasaban a ocupar el lugar de fuente de materias primas agroganaderas que pertenecía a la Argentina.

Delegación británica al pacto de Ottawa

Según cuenta nuestro querido José María Rosa en el tomo 12 de su colección Pág. 65. Nos comenta:

El estatuto del coloniaje

Al pacto Roca Runciman

“gran Bretaña no salió indemne de la primera guerra mundial.  Es cierto que se había abatido a Alemania, que le disputaba la producción industrial y el dominio de los mares, pero el poderío británico fundado en el liberalismo económico, el poderío de la libra esterlina y el aristocratismo político, quedo herido de muerte. En 1924 los laboralistas llegan por primera vez al gobierno: en 1926 John Maynard Keynes, miembro de la cámara de los Lores, antiguo diplomático y ministro liberal, anuncia no solo el final del liberalismo económico y político, sino la muerte del imperio y el termino de la misión civilizadota burguesa que Inglaterra había cumplido en los tres últimos siglos.”                                                          

martes, 5 de noviembre de 2013

Ley Nacional 25.675 Ley General de Ambiente

Ley Nacional 25.675
Sancionada: 6 de noviembre de 2002
Promulgada parcialmente: 27 de Noviembre de 2002

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
LEY GENERAL DEL AMBIENTE
Bien jurídicamente protegido
ARTICULO 1º — La presente ley establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.


domingo, 3 de noviembre de 2013

EL YAGUARETÉ


 / ©: Este gato, cuyo nombre científico es Panthera onca, es el felino más grande del continente americano y tercero en corpulencia a escala mundial



El yaguareté es una de las diez especies de felinos silvestres (además del puma, los gatos guigna, andino, montés y pajonal, el ocelote, el tirica, el margay y el yaguarundí) que habitan en la Argentina y una de las seis que se encuentran en la provincia de Misiones (puma, ocelote, yaguarundí, margay y tirica). 




El nombre yaguareté es de origen guaraní y significa “la verdadera fiera”. Era considerado un animal sagrado. En Misiones, aborígenes y chacareros no lo nombran porque dicen que al invocarlo, “aparece”. Su fuerza, poderío y misterio protagonizan leyendas, mitos y también anécdotas e historias de nuestros pioneros, y de quienes hoy habitan cerca del monte, que se van transmitiendo de generación en generación.



Debido a la amplia distribución geográfica histórica de este carnívoro, se lo llama de diversas formas según la cultura y la región donde habita y habitó. En casi toda su área de distribución actual en la Argentina se lo llama popularmente tigre. Pero también, según la cultura, lo llaman Nahue l (araucano); Yaguareté, Yagua-pará o Chiví guazú (guaraní); Uturunco (Quechua); Overo, Manchado (Salta), Él Michilo, el Compadre, el Bicho (kollas).


Declaracion de Estocolmo (1972)




Esta Declaración fue emitida por Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano llevada a cabo en Estocolmo, Suecia del 5 al 16 de junio de 1972 a donde asistieron 113 países y se debate por primera vez la problemática del medio ambiente haciendo resaltar la importancia del mismo para el ser humano y los demás seres vivos.
Aumentó la conciencia política sobre la naturaleza global de muchas amenazas al medio ambiente. Es el inicio fundacional del Derecho Ecológico